#Impuestos a las ganancias Impuestos sobre los bienes personales Normativa LEY 27.702 - Extensión los plazos 27/12/2027 Publicada en el BO - 30/11/2022

Se extienden hasta el 31 de diciembre de 2027, inclusive, los plazos establecidos en el art. 2, en los incs. a), c), d), f), g), h) y j) del primer párrafo del art. 4 y en el art. 5 de la Ley 27.432, relativos, entre otros, al impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos y a los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales.
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IMPUESTOS
Ley 27702
Ley N° 27.432. Prórrogas.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1°- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2027, inclusive, el plazo establecido en el artículo 2° de la ley 27.432.

Artículo 2°- Prorróganse hasta el 31 de diciembre de 2027, inclusive, los plazos establecidos en los incisos a), c), d), f), g), h) y j) del primer párrafo del artículo 4° y en el artículo 5°, todos ellos de la ley 27.432.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo precedente, prorrógase toda otra asignación específica de impuestos nacionales coparticipables hasta el 31 de diciembre de 2027, inclusive, salvo que otra norma legal disponga una fecha posterior, en cuyo caso será de aplicación lo previsto en esta última.

Artículo 3°- Sustitúyese en el artículo 6° de la ley 23.427 y sus modificaciones, de creación del Fondo para Educación y Promoción Cooperativa, la expresión “treinta y siete (37) períodos fiscales” por la expresión “cuarenta y dos (42) períodos fiscales”.

Artículo 4°- Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efecto desde esa fecha, inclusive.

Artículo 5° - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.

REGISTRADA BAJO EL N° 27702

CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - CECILIA MOREAU - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul






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