#PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO Normativa DISPOSICIÓN DELEGADA 1333/2023 (G.E.T.) Publicada en el BO - tasa de interés17/03/2023

Se establece para el mes de abril de 2023, en 6,7562%, la tasa de interés aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos a que se refiere el art. 304 del Código Fiscal  (T.O. 2011).



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Disposición Nº 1333/23


  
 LA PLATA, 15 DE MARZO DE 2023 
   
 

VISTO:
Que mediante Expediente 22700-0010920-2023 se propicia establecer la forma y condiciones de pago para hacer efectiva la aplicación del artículo 304 del Código Fiscal – Ley Nº10397 y modificatorias (T.O. 2011), y

CONSIDERANDO:
Que el citado artículo establece que en caso de contratos para la realización de obras, prestaciones de servicios o suministros, incluidas las concesiones otorgadas por cualquier autoridad administrativa, cuyo plazo de duración sea superior o igual a treinta (30) meses y que den lugar a un impuesto que exceda al importe que determina la Ley Impositiva, el gravamen correspondiente se podrá abonar hasta en diez (10) cuotas semestrales iguales y consecutivas, no pudiendo superar el plazo de ejecución del contrato;

Que las referidas cuotas devengarán un interés equivalente al que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a treinta (30) días;

Que la Gerente de Estadísticas Tributarias, ha constatado las aludidas tasas de interés calculadas en función de lo establecido por la norma de referencia;

Que corresponde, en consecuencia, proceder a la aprobación de las mencionadas tasas de interés;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°13766 y el artículo 304 del Código Fiscal (T.O. 2011);

Por ello,

LA GERENTE DE ESTADÍSTICAS TRIBUTARIAS EN USO DE LAS ATRIBUCIONES
CONFERIDAS POR RESOLUCIÓN NORMATIVA N° 17/17 (T.O. RN N°8/22)
DISPONE:

Artículo 1º: Establecer para el mes de abril de 2023, en el seis con setenta y cinco y sesenta y dos (6,7562%) mensual, la tasa de interés aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos a que se refiere el Artículo 304 del Código Fiscal (T.O. 2011).

Artículo 2º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, Archivar.


DISPOSICIÓN DELEGADA SERyC N° 1333/23







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