Se modifica la Resolución General 4676/2020 (A.F.I.P.), la cual dispuso hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, un régimen de reintegros de una proporción de las operaciones que las personas humanas -en carácter de consumidores finales- abonen por las compras de bienes muebles realizadas en determinados comercios minoristas y/o mayoristas mediante la utilización de tarjetas de débito, asociadas a cuentas vinculadas a los beneficios de jubilación, pensión y/o asignación, abiertas en entidades financieras comprendidas en la Ley 21.526, a efectos de establecer el monto máximo mensual de reintegro para los beneficiarios de jubilaciones y pensiones por fallecimiento.
Rg 5410-2023 Afip Procedimiento Régimen de Reintegros a Sectores Vulnerados. Publicad by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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