REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP Nº 55/23
Se pone en conocimiento de todas las Oficinas y de las Áreas Operativas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) las pautas a tener en cuenta en relación al marco de revisión y optimización de procesos de control.
En ese sentido, se hace necesario identificar aquellos casos que ameritan un tratamiento especial, por lo cual, el ingreso de las novedades de los casos detallados, en los puntos “A”, “B” y “C” deberá efectuarse durante las primeras tres semanas del período habilitado para la carga del mensual en curso. Las novedades ingresadas en la cuarta semana del aludido período serán dadas de baja del proceso, a fin de garantizar la correcta liquidación para el mensual inmediato posterior.
A. Carga de novedades retroactivas, cuyos montos superan el tope Máximo establecido: El importe del Tope Máximo de liquidación hoy vigente, ya sea por un único concepto o por la sumatoria de varios, se estableció a partir de la carga del proceso diciembre de 2023, en $ 5.128.000,00. (cinco millones ciento veintiocho mil pesos).
B. Carga de sumas retroactivas, en prestaciones que posean alguno de los siguientes códigos de descuentos: 201-751, 201-820, 201-401.
C. Titulares cuyo empleador de cese sea ANSES, es decir, cuando el CUIT del último empleador donde se haya producido el cese sea 33-63761744-9 (Administración Nacional de la Seguridad Social) - Solo para cumplimiento por parte de la Coordinación Mesa Centralizada 1 - dependiente de la Unidad de Atención Trámites Centralizados.
Dpa-042-2023 Sipa. Trabajadores de Casas Particulares. Visualización Cuit Empleadores by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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