#Remuneración Trabajo Agrario - tareas de COSECHA DE ESPINACA, en el ámbito de las Provincias de MENDOZA Y SAN JUAN - tareas de COSECHA DE ACELGA, en el ámbito de las Provincias de MENDOZA Y SAN JUAN - tareas en LAVADEROS DE VERDURAS, en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO - actividad de la CEBOLLA, en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO - actividad de COSECHA O TACO DE ZANAHORIA, en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO - tareas de COSECHA DE TOMATE, en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO - tareas de COSECHA Y MANIPULEO DE ZAPALLO, CALABAZA Y BATATA, en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO - tareas de COSECHA Y MANIPULEO DE AJO en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO - actividad de SEMILLEROS, en el ámbito de TODO EL PAÍS - tareas de COSECHA DE PISTACHO, en el ámbito de las Provincias de MENDOZA y SAN JUAN - tareas de COSECHA DE ACEITUNA, en el ámbito de las Provincias de MENDOZA y SAN JUAN - tareas de TENDIDO Y SECADO DE TOMATE EN FINCA, en el ámbito de las Provincias de MENDOZA y SAN JUAN - actividad AVÍCOLA en el ámbito TODO EL PAÍS - actividad ARROCERA, en el ámbito de la Provincia de CORRIENTES - actividad FLORICULTURA Y VIVEROS, en el ámbito de la Provincia de CORRIENTES - BO 09/01/2024

#Remuneración Trabajo Agrario - tareas de COSECHA DE ESPINACA, en el ámbito de las Provincias de MENDOZA Y SAN JUAN
Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en tareas de COSECHA DE ESPINACA, en el ámbito de las Provincias de MENDOZA Y SAN JUAN, con vigencia desde el 1° de febrero de 2024 hasta el 31 de enero de 2025, conforme se consigna en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.




#Remuneración Trabajo Agrario - tareas de COSECHA DE ACELGA, en el ámbito de las Provincias de MENDOZA Y SAN JUAN
Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en tareas de COSECHA DE ACELGA, en el ámbito de las Provincias de MENDOZA Y SAN JUAN, con vigencia desde el 1° de febrero de 2024 hasta el 31 de enero de 2025, conforme se consigna en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

#Remuneración Trabajo Agrario - tareas en LAVADEROS DE VERDURAS, en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO
Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que desempeña tareas en LAVADEROS DE VERDURAS, en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO, las que tendrán vigencia a partir del 1° de enero de 2024 hasta el 30 de junio de 2024, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

#Remuneración Trabajo Agrario - actividad de la CEBOLLA, en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO
Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de la CEBOLLA, en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO, las que tendrán vigencia a partir del 1° de enero de 2024 hasta el 31 de julio de 2024, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

#Remuneración Trabajo Agrario - actividad de COSECHA O TACO DE ZANAHORIA, en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO
Fíjanse las remuneraciones mínimas para los trabajadores que desempeñan tareas en la actividad de COSECHA O TACO DE ZANAHORIA, en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO, las que tendrán vigencia a partir del 1° de enero de 2024, hasta el 30 de junio de 2024, conforme se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.

#Remuneración Trabajo Agrario -  tareas de COSECHA DE TOMATE, en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO
Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en tareas de COSECHA DE TOMATE, en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO, las que tendrán vigencia a partir del 1 ° de enero de 2024 hasta el 30 de junio de 2024, conforme se consigna en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

#Remuneración Trabajo Agrario - tareas de COSECHA Y MANIPULEO DE ZAPALLO, CALABAZA Y BATATA, en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO
Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de COSECHA Y MANIPULEO DE ZAPALLO, CALABAZA Y BATATA, en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO, con vigencia a partir del 1° de enero de 2024 y del 1° de marzo de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, conforme se detalla en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Resolución.


#Remuneración Trabajo Agrario - tareas de COSECHA Y MANIPULEO DE AJO en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO
Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de COSECHA Y MANIPULEO DE AJO en el ámbito de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO, las que tendrán vigencia a partir del 1° de enero de 2024 y del 1° de marzo de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, conforme se consigna en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presenta Resolución.

#Remuneración Trabajo Agrario - actividad de SEMILLEROS, en el ámbito de TODO EL PAÍS
Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de SEMILLEROS, en el ámbito de TODO EL PAÍS, con vigencia a partir del 1° de enero de 2024 y del 1° de febrero de 2024 hasta el 31 de agosto de 2024, conforme se detalla en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Resolución

#Remuneración Trabajo Agrario - tareas de COSECHA DE PISTACHO, en el ámbito de las Provincias de MENDOZA y SAN JUAN
Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en tareas de COSECHA DE PISTACHO, en el ámbito de las Provincias de MENDOZA y SAN JUAN, con vigencia desde el 1° de febrero de 2024, hasta el 31 de enero de 2025, conforme se consigna en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

#Remuneración Trabajo Agrario - tareas de COSECHA DE ACEITUNA, en el ámbito de las Provincias de MENDOZA y SAN JUAN
Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en tareas de COSECHA DE ACEITUNA, en el ámbito de las Provincias de MENDOZA y SAN JUAN, con vigencia desde el 1° de febrero de 2024 hasta el 31 de enero de 2025, conforme se consigna en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

#Remuneración Trabajo Agrario - tareas de TENDIDO Y SECADO DE TOMATE EN FINCA, en el ámbito de las Provincias de MENDOZA y SAN JUAN
Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en tareas de TENDIDO Y SECADO DE TOMATE EN FINCA, en el ámbito de las Provincias de MENDOZA y SAN JUAN, con vigencia desde el 1° de enero de 2024 y del 1° de febrero de 2024, hasta el 31 de diciembre de 2024, conforme se consigna en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Resolución.

#Remuneración Trabajo Agrario - actividad AVÍCOLA en el ámbito TODO EL PAÍS
Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad AVÍCOLA en el ámbito TODO EL PAÍS, con la exclusión de las tareas que se realizan en establecimientos industriales, las que tendrán vigencia a partir del 1° de diciembre de 2023, del 1° de enero de 2024, del 1° de febrero de 2024, del 1° de marzo de 2024 y del 1° de abril de 2024 hasta el 31 de mayo de 2024, en las condiciones que se consigna en los Anexos I, II, III, IV y V que forman parte integrante de la presente Resolución.

#Remuneración Trabajo Agrario - actividad ARROCERA, en el ámbito de la Provincia de CORRIENTES
Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad ARROCERA, en el ámbito de la Provincia de CORRIENTES, las que tendrán vigencia a partir del 1° de enero de 2024, del 1° de febrero de 2024, del 1° de marzo de 2024, del 1° de abril de 2024, del 1° de mayo de 2024, del 1° de junio de 2024, del 1° de julio de 2024, del 1° de agosto de 2024 y del 1º de septiembre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, conforme se detalla en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX que forman parte integrante de la presente Resolución.

#Remuneración Trabajo Agrario - actividad FLORICULTURA Y VIVEROS, en el ámbito de la Provincia de CORRIENTES
Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad FLORICULTURA Y VIVEROS, en el ámbito de la Provincia de CORRIENTES, desde el 1° de enero de 2024, del 1º de febrero de 2024, del 1° de marzo de 2024, del 1° de abril de 2024, del 1° de mayo de 2024, del 1° de junio de 2024, del 1° de julio de 2024, del 1° de agosto de 2024 y del 1° de septiembre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, conforme se consigna en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX que forman parte integrante de la presente Resolución.

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