Páginas

#SeguridadSocial Jurisprudencia Fallo Scandura, Stella Maris c/ANSeS s/Reajustes varios”, Expte. 31149/2019 Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, Magistrados y Funcionarios. Haber jubilatorio. 13/6/22.

Magistrados y Funcionarios. Haber jubilatorio. Cáculo en función de la remuneración del cargo desempeñado a la fecha de cese
Si la titular se encontraba desempeñando el cargo de Fiscal General Subrogante al momento de la cesación definitiva en el servicio, debe ser este cargo el que debe tenerse en cuenta para efectuar la correspondiente liquidación. La respuesta la hallamos en lo prescripto en el artículo 10 de la Ley 24.018, que determina que “el haber de la jubilación ordinaria será equivalente al ochenta y dos por ciento (82%) de la remuneración total sujeta al pago de aportes correspondiente al interesado por el desempeño del cargo que ocupaba al momento de la cesación definitiva en el servicio”.
Cuando se interpreta una norma jurídica y ésta tiene una finalidad social de orden previsional, se debe intentar llegar a una solución que armonice la misma con los principios de equidad y justicia.
Envíenos su consulta 👉🏼










¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇