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#SeguridadSocial Jurisprudencia 2021 Constructora Friedrich SRL y otros s/ infracción Ley 24769 - JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO NRO 9. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (Magistrados: López Biscayart, Javier)- retención indebida aportes y contribuciones - 04/06/2021

La obligación de depositar los aportes destinados al sistema de seguridad social proviene de la calidad de agente de retención de aquellos aportes, por cuanto las sumas en principio retenidas, cuyo depósito se omitió, no constituyen fondos propios de los que puede disponerse libremente con la finalidad de solventar otras obligaciones de la sociedad, pues las posibles dificultades financieras de aquélla no justifican, la retención de aportes pertenecientes a terceros.
La omisión de depositar los aportes al sistema de seguridad social, en tanto constituye un delito de omisión, requiere que los imputados hayan tenido la posibilidad de cumplir con la obligación de todos los empleadores de realizar dichos depósitos en término -posibilidad de actuar-, aunque para ello haya sido necesario efectuar previsiones, y no que hayan tenido excedentes de caja disponibles en las fechas establecidas para los depósitos, pues omite dolosamente tanto el que no cumple porque no quiere, pudiendo hacerlo, como el que no cumple a raíz de haber realizado gastos que le impidieron cumplir oportunamente con el mandato legal.
Cabe ordenar el procesamiento sin prisión preventiva -atento la ausencia de antecedentes penales del imputado, conforme los artículos 312 del Código Procesal Penal de la Nación y 26 del Código Penal-, del titular de una constructora, por considerarlo penalmente responsable del delito de apropiación indebida de los recursos del Sistema Único de la Seguridad Social con relación a los aportes de los empleados de su empresa, pues en forma sistemática y por varios años omitió el ingreso de dichos aportes, pudiendo hacerlo, quedando además debidamente acreditado, que decidió hacer frente a otras obligaciones de la sociedad.
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publicado Id SAIJ: FA21180003





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