Fijar las pautas a las que se debe ajustar la Unidad de Resolución de Trámites Centralizados “A”, “B” y “C”, dependiente de la Dirección de Trámites Complejos, para la aplicación del suplemento “Régimen Especial para Investigadores Científicos y Tecnológicos” establecido por Decreto Nº 160/05 - Resolución SSS Nº 41/05 – Resolución DE Nº 754/05.
El Decreto Nº 160 del 25 de febrero de 2005 crea el suplemento "Régimen Especial para Investigadores Científicos y Tecnológicos", a fin de abonar a los titulares de derecho la diferencia entre el monto del haber otorgado en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias y el porcentaje establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 22.929 y sus modificatorias, considerando a tales fines los requisitos de edad y años de servicios exigidos en el artículo 3º y 4º de esta última.
Asimismo establece que los investigadores científicos y tecnológicos a que refiere el artículo 1º de la Ley Nº 22.929 y sus modificatorias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de dicho decreto, deberán aportar una alícuota diferencial del DOS POR CIENTO (2%) por sobre el porcentaje vigente de acuerdo al SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) - Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, este aporte se aplicará a partir de las remuneraciones correspondientes al mes de mayo de 2005.
La Secretaria de Seguridad Social en cumplimiento de lo encomendado en el artículo 3º del Decreto Nº 160/05, dictó la Resolución Nº 41 del 11 de mayo de 2005, estableciendo las pautas para la aplicación de las disposiciones de dicho decreto, delegando en esta Administración Nacional el dictado de las normas operativas necesarias para la implementación del suplemento creado por el aludido decreto.
Los expedientes correspondientes a solicitudes de prestaciones o reajustes en el marco de este régimen especial iniciados en las UDAI y recepcionados en la UNIDAD DE RESOLUCION DE TRAMITES CENTRALIZADOS, deberán ser trabajados observando las pautas de determinación de derecho y haber establecidos en la PREV-11-50 “RÉGIMEN ESPECIAL PARA INVESTIGADORES CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DTO. N° 160/05 - RESOLUCION SSS Nº 41/05 - RESOLUCION D.E. 754/05”.
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