#SeguridadSocial Normativa ANSES CIRCULAR DP N° 31/17 TRÁMITES PREVISIONALES CON DICTÁMENES MÉDICOS DE LA SUPERINTENDENCIA DE RIESGO DE TRABAJO EN ESTADO CADUCIDAD Y ARCHIVO O CERRADO 23/05/2017

REEMPLAZA A LA CIRCULAR GP Nº 63/11 
Se pone en conocimiento de todas las Unidades de Atención Integral (UDAI) y de las demás Áreas Operativas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las pautas a tener en cuenta a los efectos de resolver los casos pendientes de Dictamen de incapacidad y el estado del trámite informado por la SRT sea “Caducidad y Archivo” o “Cerrado”. 
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), ante la problemática planteada por esta ANSES respecto de los expedientes en trámite que se encuentran a la espera de dictamen médico cuyo estado en el SADIL es “Cerrado”, se ha pronunciado informando que a estos casos corresponde dispensarles el mismo tratamiento que aquellos en los que recae el estado “Caducidad y Archivo”.
Teniendo en cuenta que los estados mencionados obedecen a la inacción por parte del titular de la prestación, por no haber comparecido a las diferentes citaciones o requerimientos por parte de la SRT para su revisación médica, cuando se trate expedientes a la espera de  dictámenes correspondientes al art. 49 Ley N° 24.241, PEA por Invalidez, Ley N° 20.088 o Ley N° 20.475, se procederá a denegar la prestación y generar el acto administrativo pertinente, el cual deberá ser notificado al solicitante.
Ante la presentación del titular para reactivar las mismas, corresponderá el inicio de un nuevo trámite y en consecuencia, el otorgamiento de un nuevo turno ante la Comisión Médica dependiente de la SRT para la determinación de la incapacidad.
En cambio, en aquellos casos en que el titular se encuentra percibiendo el Retiro Transitorio por Invalidez y se esté a la espera del dictamen correspondiente al art. 50 Ley N° 24.241, cuando se reciba la novedad de estado Caducidad y Archivo o Cerrado, se procederá a la suspensión preventiva del beneficio. Asimismo, ante la presentación del titular a solicitar su activación, se informará que deberá solicitar un nuevo turno ante la SRT a los efectos de generar el dictamen de RDI. 
Envíenos su consulta 👉🏼









¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇