CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL
obran los valores de los salarios básicos que integran el acuerdo homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 1012/24, celebrado por la ASOCIACIÓN DE MÉDICOS DE LA ACTIVIDAD PRIVADA y la FEDERACIÓN MEDICA GREMIAL DE LA CAPITAL FEDERAL y la ASOCIACIÓN DE HOSPITALES DE COLECTIVIDADES Y PARTICULARES SIN FINES DE LUCRO, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 742/2016
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escala salarial que integra el acuerdo homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 1000/24, celebrado en fecha 18 de enero de 2024, por el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la empresa MERCEDES - BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 14/89 “E”
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escalas salariales que integran el acuerdo homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 1019/24, celebrado entre el SINDICATO ARGENTINO DE TRABAJADORES HORTICULTORES Y AGRARIOS (SATHA), por la parte sindical, y la CÁMARA DE VIVERISTAS, PRODUCTORES, VENDEDORES Y COMERCIALIZADORES DE LA FRUTIHORTICULTURA Y FLORICULTURA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 718/15
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escalas salariales que integran el acuerdo homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 981/24, celebrado por el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (SGBTOS), la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (F.E.N.T.O.S.) y la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1698/23 “E”
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acuerdo homologado por el artículo 1° de la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 993/24, celebrado por la FEDERACIÓN DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUÍMICAS Y PETROQUÍMICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la CÁMARA DE LA INDUSTRIA QUÍMICA Y PETROQUÍMICA (C.I.Q.y P), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 564/09
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escalas salariales que integran el acuerdo homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 1021/24, celebrado por la FEDERACIÓN DE ORGANIZACIONES DE LOS MANDOS MEDIOS DE LAS TELECOMUNICACIONES (F.O.M.M.T.R.A.) y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA., en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 715/15
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escalas salariales que integran el acuerdo homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 966/24, celebrado en fecha 31 de marzo de 2023 por la FEDERACIÓN DE ORGANIZACIONES DE LOS MANDOS MEDIOS DE LAS TELECOMUNICACIONES (F.O.M.M.T.R.A.) y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 497/02 “E
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escalas salariales que integran el acuerdo homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 1004/24, celebrado por la ASOCIACÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la CÁMARA ARGENTINA DE ACERO en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 275/75
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escalas salariales que integran el acuerdo homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 985/24, celebrado en fecha 01 de marzo de 2023 por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES (F.A.T.E.L) y la empresa TELEFÓNICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresa Nº 547/03 “E”, Nº 819/06 “E”, Nº 906/07 “E”, Nº 878/07 “E”, Nº 828/06 “E”, y Nº 829/06 “E”,