REGIMENES ESPECIALES. Ley 22.929. Servicio de Hidrografía Naval.
Si la actora no se encuentra comprendida en el art 6º A) de la ley 20.464 “Conicet”, no corresponde que sea incluida en el art 1º de la ley 22.929; máxime si el empleador certificado CONICET, detalla que el carácter de los servicios prestados por la actora fue Comunes y, la Ocupación u Oficios: Personal de apoyo a la investigación y desarrollo, descriptos en el inc. B) de la ley 20.464.
(En el caso servicios prestados en la Armada Argentina, el Servicio de Hidrografía Naval, la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales-UBA y en el concejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas).
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