Habiéndose reconocido la procedencia del beneficio solicitado, tal derecho resultaría menguado si no se admitiera que el pago de los haberes previsionales retroactivos debe hacerse considerándose los intereses devengados hasta la efectiva cancelación total del crédito, por lo tanto, y de conformidad con lo establecido en la sentencia recurrida, corresponde su pago a la tasa pasiva promedio mensual que publica el B.C.R.A.
Aun cuando la sentencia en ejecución no hiciere mención alguna sobre los intereses a aplicar para el pago de la retroactividad, resulta de aplicación por el art. 622 del C.P.C.C en cuanto dispone que el deudor moroso debe los intereses que estuvieran convenidos en la obligación desde el vencimiento de ella. Si no hay intereses convenidos, debe los intereses legales que las leyes especiales hubieran determinado. Si no hubiere fijado el interés legal, los jueces determinarán el interés que debe abonar
Corresponde aplicar al capital adeudado en concepto de diferencias entre lo que se percibió y lo que se debería haber cobrado, intereses compensatorios y moratorios a partir de la fecha en la que se produce el incumplimiento, tal como lo avala el CCy CN en su art. 768: “a partir de su mora el deudor debe los intereses correspondientes. La tasa se determina… c) en subsidio, por tasas que se fijen según las reglamentaciones del Banco Central.
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