Se deroga la Resolución General 4815/2020 (A.F.I.P.), la cual estableció un régimen de percepción del impuesto a las ganancias o del impuesto sobre los bienes personales, según corresponda, que se aplica sobre ciertas operaciones alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”, sustituyendo su texto ordenado preservando la continuidad y el alcance del régimen de percepción del impuesto a las ganancias o del impuesto sobre los bienes personales.
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