Se pone en conocimiento de todas las Áreas Operativas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del Decreto DECNU-2021-674-APN-PTE y en el artículo 1° del Decreto DECNU-2023-558-APN-PTE, el plazo para solicitar la Prestación Anticipada venció el 30 de septiembre del 2025.
En razón de lo expuesto,
Hasta el 30/09/2025 inclusive, se otorgaron turnos para la atención de inicios de Prestaciones Anticipadas. Por lo cual aquellas personas que accedieron a los mismos conservan el derecho a acceder a la prestación, de corresponder, independientemente de la fecha que el turno asignó para su presentación en la Oficina.
Las Oficinas solo podrán caratular en SICA los expedientes TTR 157 “Prestación Anticipada Dto. Nº 674/21” cuya fecha de solicitud de turno hubiera sido anterior al 01/10/2025.
No se habilitarán turnos, para esta prestación específica, a partir del 01/10/2025.
Los casos que se vienen tramitando con anterioridad al 01/10/2025 y que por situaciones atendibles deban trabajarse posteriormente, podrán hacerlo normalmente, siempre que el derecho lo haya adquirido en vigencia del Decreto DECNU-2021-674-APN-PTE.
Asimismo, se aclara que a todas aquellas personas que tenían turno solicitado con anterioridad al 01/10/2025 y los mismos fueron reprogramados por razones ajenas a las mismas, se les debe respetar la solicitud original, a los fines de la evaluación que propone la presente comunicación.
Cii-dp-079-2025 Prestación Anticipada Vencimiento Del Plazo Para Su Solicitud by Estudio Alvarezg Asociados
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