En el caso Cuadra Bravo vs. Perú, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró la responsabilidad internacional del Estado peruano por la demora injustificada en la ejecución de una sentencia judicial que reconocía el derecho pensionario de la víctima. El tribunal sostuvo que la ejecución de las decisiones judiciales constituye parte integrante del derecho a la protección judicial y que la demora de más de veinte años en concretar el pago de la pensión resultó manifiestamente incompatible con las garantías judiciales y con el derecho a la seguridad social. Asimismo, señaló que las demoras estructurales en la ejecución de sentencias relativas a pensiones evidencian el incumplimiento del deber estatal de adoptar disposiciones de derecho interno destinadas a hacer efectivos los derechos reconocidos en la Convención Americana.
Jurisprudencia 2025 Autos: “Cuadra Bravo Vs. Perú” Retardo injustificado. Plazo razonable en los procesos j... by Estudio Alvarezg Asociados
¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇








