#SeguridadSocial Normativa SND Resolución 3697/2026 Procedimiento de rehabilitación de pensiones no contributivas por invalidez laboral que acaban de ser suspendidas Publicada en el BO 29/10/2026

La Resolución 3697/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad (dependiente del Ministerio de Salud), publicada en el Boletín Oficial, reglamenta el procedimiento operativo y los nuevos canales de atención para solicitar la rehabilitación de las más de 21.800 pensiones no contributivas por invalidez laboral que acaban de ser suspendidas. 
Esta medida complementa a la Resolución 3695/2026, la cual anuló la restitución general de dichos beneficios que se había otorgado previamente por vía judicial. 

🔎 Análisis de la norma con IA:

📋 Puntos clave de la Resolución 3697/2026
  • Población afectada: Exclusivamente las personas detalladas en el Anexo I de la normativa (más de 21.800 titulares cuyas pensiones habían sido suspendidas originalmente en las auditorías de 2025). 
  • Plazo de gracia: Los afectados cuentan con un plazo de 60 días corridos desde su notificación formal para solicitar la rehabilitación del beneficio. 
  • Requisitos: Presentar documentación médica oficial actualizada, renovar los datos personales y/o aportar antecedentes que acrediten el derecho a percibir la prestación. 
  • Cambio de organismo presencial: El trámite presencial deja de realizarse en la ANSES. La recepción física de papeles se traslada a las agencias y Unidades de Gestión Local (UGL) del PAMI, buscando mayor proximidad territorial. 

🛠️ Canales habilitados para el trámite
Para facilitar la entrega de las certificaciones, la resolución habilitó múltiples vías tanto presenciales como virtuales: 
  1. Presencial (PAMI o Secretaría): En las agencias y UGL del PAMI o en dependencias autorizadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad.
  2. Plataforma TAD: Mediante la web de Trámites a Distancia (TAD), buscando el trámite específico "Presentación de Documentación para Pensión Invalidez".
  3. Formulario Web: A través de la sección de Consultas al Ministerio de Salud en el sitio oficial del gobierno.
  4. Correo Electrónico: Enviando la documentación digitalizada directamente a la casilla oficial citacion@senadis.gob.ar. 

Envíenos su consulta 👉🏼



*************************************************






¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇 

                




No hay comentarios:

Publicar un comentario