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#SeguridadSocial #Competencia civil y comercial federal, Instituto nacional de servicios sociales para jubilados y pensionados #Jurisprudencia #Fallo Lantronica de Argentina SA c/ Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados s/ cobro de sumas de dinero

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SENTENCIA: CAMARA NAC. DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Sala 03, Magistrados: Medina - Recondo 10/9/2015 

Corresponde a la competencia de la justicia civil y comercial federal y no a la justicia en lo federal en lo contencioso administrativo la demanda dirigida contra el (INSSJP) por el cumplimiento de un contrato de instalación y puesta en marcha de un sistema tecnológico de control de horario del personal del Instituto, pues tal pretensión no excede el ámbito del derecho común desde que no evidencia que el vínculo contractual anudado entre las partes sea de derecho administrativo.












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#SeguridadSocial #obrassociales Inconstitucionalidad, tributos #Jurisprudencia #Fallo Galeno Argentina S.A. c/ E.N. - Ministerio de Salud de la Nación - Superintendencia de Servicios de Salud s/ Amparo ley 16.986

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SENTENCIA: Sala 03, CAMARA NAC. APELAC. EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Magistrados: Argento - Grecco . Fernández 25/9/15

Corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 26.682 y del art. 25 de su decreto reglamentario (1993/11), dejando sin efecto la Resolución Nro. 1769/14 de la Superintendencia de Servicios de Salud por medio de la cual se establece una matrícula anual que debe ser pagada obligatoriamente por las entidades de medicina prepaga a fin de obtener la habilitación para comerciar. En este sentido, la ley cuestionada no establece mínimamente los elementos esenciales del tributo creado, pues delega en el ejecutivo la atribución de fijar un tributo sin que el Congreso Nacional haya precisado, de manera cierta e indudable, cuál es la forma de cuantificar la prestación.








PUBLICADO EN Id SAIJ: FA15100061



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#SeguridadSocial #obrassociales Cobro de sumas de dinero, competencia previsional, relación de dependencia, #Jurisprudencia #Fallo OLIVERA MARIA EMILIA Y OTROS c/ PAMI s/ COBRO DE PESOS

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SENTENCIA: Sala 03, CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL, Magistrados: FASCIOLO - POCLAVA LAFUENTE - LACLAU 7/10/15

En el marco de una acción por cobro de pesos entablada por empleados en actividad y bajo relación de dependencia del Banco de la Ciudad de Buenos Aires contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, por la indebida percepción de fondos del 3 % de sus haberes bajo el rubro o ítem "INSSJyP" y, con el objeto que se le reintegre la totalidad de lo retenido en tal concepto de sus salarios, corresponde declarar la competencia del Fuero de la Seguridad Social, atento la naturaleza de la cuestión planteada que resulta indudablemente dentro del ejido competencial del fuero federal mencionado, lo que se ajusta a los términos del art. 24 de la ley 23.660 de Obras Sociales. (Del dictamen fiscal al que adhiere la Sala).










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#SeguridadSocial #Obrassociales cobertura médica, fertilización asistida, medida cautelar innovativa #Jurisprudencia #Fallo P. L. S. c/ APROSS s/ amparo

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SENTENCIA: CAMARA 2DA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL. RIO CUARTO, CÓRDOBA- Magistrados: Herrán, José María - Mola, Daniel Gaspar - Taddei, Horacio 24/9/15

Corresponde que la obra social le brinde a la afiliada cobertura integral del tratamiento de fertilización asistida, pues se trata de una cuestión relacionada con el derecho a la salud reproductiva en determinadas etapas de la vida -en el caso la actora de 42 años realizó dos intentos que resultaron fallidos, lo que deja en claro el peligro en la demora- que requiere una decisión rápida y efectiva, máxime cuando no aparece cabalmente asumido por la demandada el concepto de cobertura integral que impone el art. 8 de la Ley 26862 y e1 del Decreto reglamentario 956/2013.








publicado en Id SAIJ: FA15160037



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#SeguridadSocial #Pensiones, aportes previsionales, prestación básica universal #Jurisprudencia #Fallo Tullio , Irma Beatriz c/ ANSES s/ Pensiones

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SENTENCIA de la Sala 03 CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL (Magistrados: Fasciolo - Poclava Lafuente - Laclau)   8/7/15

Corresponde considerar al causante, aportante irregular sin derecho, al haber acreditado a su fallecimiento (en el caso 43 años de edad) aportes por tan solo 2 años y 6 meses. Conforme y teniendo en cuenta la edad del fallecimiento, no le era posible al causante acreditar 30 años de servicios con aportes, lo que no alcanza para justificar tan baja tasa de aportación a su deceso, la que de proyectarse hasta los 65 años no le habría permitido siquiera acceder a la PBU.




publicado en Id SAIJ: FA15310127



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