Jurisprudencia- CSJN-autos “Argento, Federico -Haber de las prestaciones - Determinación - Movilidad - AMPO - Tope - Inconstitucionalidad-26/03/2013

Jurisprudencia- CSJN-autos “Argento, Federico -Haber de las prestaciones - Determinación - Movilidad - AMPO - Tope - Inconstitucionalidad-26/03/2013

 
En autos “Argento, Federico E. v. ANSeS” se dijo que la aplicación del art. 26, ley 24.241 dejó sin efecto alguno al art. 24 de dicho régimen, pues la prestación compensatoria quedó liquidada sólo en función del AMPO y perdió todo nexo con el nivel salarial alcanzado en actividad, a punto tal que aun sumada a la prestación básica universal no llega a representar el 10% de las últimas remuneraciones del causante, por lo que, demostrado el perjuicio concreto que ocasiona la suerte del tope a la prestación compensatoria, en una magnitud tal que la merma del haber resulta confiscatoria de acuerdo con la doctrina del Tribunal de Fallos: 323:4216 y 329:3211, lo que lleva a declarar la inconstitucionalidad del art. 26 de la mencionada ley.

Jurisprudencia-Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, sala laboral -ESTATUTOS ESPECIALES - Servicio doméstico - Decreto 326/56 - Inaplicabilidad a tareas prestadas en lugar destinado a formación de sacerdotes -27/03/2013

Jurisprudencia-Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, sala laboral -ESTATUTOS ESPECIALES - Servicio doméstico - Decreto 326/56 - Inaplicabilidad a tareas prestadas en lugar destinado a formación de sacerdotes -27/03/2013
En autos “Villalon, Sandra B. y otros v. Noviciado San Ignacio de Loyola y otros” se resolvió que el art. 1 del decreto 326/56 que regula la actividad del servicio doméstico, es inaplicable a las tareas que se desarrollaron en un lugar dedicado a la formación de sacerdotes, en tanto no se trata de una casa familiar en el sentido propuesto por la norma, debiéndose regir por las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo.

Jurisprudencia-CNAT Sala IV-autos Bernal, Ricardo -Remuneración- Gratificación 27-3-13

Jurisprudencia-CNAT Sala IV-autos Bernal, Ricardo -Remuneración- Gratificación 27-3-13
En autos “Bernal, Ricardo J. y otros v. Banco de la Nación Argentina” se resolvió que la percepción anticipada de parte de la gratificación por cese, al cumplir determinada cantidad de años de antigüedad debe ser considerada como un principio de ejecución que genera una expectativa de cobro íntegro, que genera el derecho a que se abone las diferencias al momento del egreso, más allá de la vigencia o no de la resolución que la había creado, pues el derecho a su percepción fue reconocido con anterioridad.