Nota: Amplían beneficios laborales y jubilatorios Para trabajadores de call centers y rurales


En el senado

Amplían beneficios laborales y jubilatorios

Para trabajadores de call centers y rurales


El Senado aprobó ayer y giró a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que regula la actividad de los empleados que desempeñan tareas de teleoperadores en los denominados call centers , estableciendo un límite de 30 horas semanales de trabajo y la garantía de que deberán cobrar al menos el salario mínimo vital y móvil.

En la misma sesión, la Cámara alta aprobó un nuevo régimen especial de jubilación anticipada para los trabajadores rurales.

El proyecto que regula las condiciones laborales de los teleoperadores fue aprobado por unanimidad y unifica sendas iniciativas presentadas por el radical Ramón Mestre (Córdoba) y la pampeana María Higonet (PJ).

El texto establece varios beneficios laborales que hasta ahora eran inexistentes. Así, además de eliminar el trabajo a cambio de comisión por ventas y garantizar un piso salarial, reconoce un régimen de licencia por estudios, un tiempo de descanso mínimo de 15 segundos entre llamadas y de 12 horas entre el final de la jornada laboral y el inicio de la próxima.

En el caso de aquellos que trabajen en horario nocturno (entre las 21 y las 6 de la mañana), la jornada se reduce de 6 a 5.30 horas.

También establece el derecho de los trabajadores a gozar de francos al menos en dos fines de semana por mes

Por su parte, el régimen para los trabajadores rurales establece una jubilación anticipada a los 57 años para quienes acrediten 25 años de aportes. La iniciativa además amplía la base de beneficiarios a quienes desarrollen actividades agroindustriales, aunque quedan excluidos los que trabajen en fábricas.



Nota: La AFIP determinó el mínimo de empleados para 36 actividades





Impuestos, 28 de julio de 2011

La AFIP determinó el mínimo de empleados para 36 actividades

Carlos Sánchez, director general de Seguridad Social, remarcó que los indicadores mínimos permiten "inferir un hecho oculto como el empleo en negro"

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social (DGRSS), determinó la cantidad mínima de trabajadores en 36 actividades, entre las que se destacan la construcción, la industria textil, la elaboración de productos agropecuarios, la gastronomía, la hotelería y el turismo estudiantil, entre otras.

La herramienta que utiliza la AFIP es el IMT (Indicador Mínimo de Trabajadores). Consiste en un sistema de determinación de oficio de la cantidad de personas que deben emplearse para cada actividad y los consiguientes aportes y contribuciones con destino al Sistema Único de Seguridad Social.

Para realizar la determinación, la AFIP utiliza el indicador que elaboró con representantes del sector en las diversas reuniones que se celebraron con el sector privado.

La herramienta comenzó a aplicarse en octubre de 2010 y ya fueron relevados 58 actividades económicas y se definió la cantidad de empleados en 36 rubros.

Tal como señaló el director general de los Recursos de Seguridad Social, Carlos Sánchez, las presunciones laborales "son un mecanismo lógico que a partir de la comprobación de un hecho cierto, permite inferir un hecho oculto como el empleo en negro".

http://www.youtube.com/watch?v=16WbvUGqJLw&feature=youtu.be

Las siguientes actividades cuentan con el IMT:

  • Sector construcción vivienda multifamiliar.
  • Industria textil - sector estampado.
  • Industria textil - sector teñido de tela.
  • Industria textil - sector teñido de hilado.
  • Industria textil - sector confección.
  • Sector turismo estudiantil.
  • Sector desfile de modas.
  • Sector feed lot.
  • Sector citrícola - producción limones.
  • Sector citrícola - producción mandarinas y naranjas.
  • Actividad gastronómica - restaurantes.
  • Actividad hotelera.
  • Jardines maternales, de infantes, escuela infantil y guarderías.
  • Establecimientos geriátricos.
  • Supermercados.
  • Estaciones de servicio y GNC.
  • Producción yerba mate.
  • Producción frutícola manzana y pera.
  • Producción frutícola durazno.
  • Sector producción manzana y pera.
  • Sector producción olivos.
  • Aceite de oliva.
  • Aceitunas.
  • Tomate.
  • Vid.
  • Bodegas.
  • Papa.
  • Desmote de algodón.
  • Sector panaderías.
  • Producción de olivos.
  • Elaboración de aceite de oliva.
  • Elaboración de aceitunas en conserva.
  • Construcción vivienda unifamiliar hasta 500 m2.
  • Modelaje, sector desfile de modas.
  • Elaboración de productos de panadería.
  • Tambos.

Las siguientes actividades están bajo análisis:

  • Sector construcción countries.
  • Molinos harineros.
  • Cebolla.
  • Call center.
  • Industria del software.
  • Forestación - tala.
  • Caña de azúcar.
  • Tabaco.
  • Frutilla.
  • Banana.
  • Arándano.
  • Berenjena.
  • Zapallito.
  • Equino para el deporte.
  • Hornos de ladrillos.
  • Cortadero de ladrillos.
  • Soja.
  • Trigo.
  • Maíz.
  • Avícola.
  • Frigoríficos.
  • Ajo.

De esta manera, la AFIP intenta reducir al mínimo la cantidad de trabajadores que se encuentran mal registrados o en la informalidad.


Nota: La ANSeS Anunció el Pago de 833 Sentencias a Jubilados y Pensionados




La ANSeS Anunció el Pago de 833 Sentencias a Jubilados y Pensionados

La AdministraciónNacionalde la Seguridad Social (ANSeS) informó que el próximo 1º de agosto pagará los retroactivos correspondientes a 833 sentencias liquidadas entre el 2 y el 13 de julio, por un total de 115,3 millones de pesos.


Dicho organismo también informó que el próximo 23 de agosto cumplirá con el pago de los retroactivos de las sentencias liquidadas entre el 14 de julio y el primero de agosto.


Cabe remarcar que tales pagos se originan en las sentencias emitidas por los jueces ante las demandas presentadas por los jubilados y pensionados por el incorrecto pago de sus haberes mensuales por parte del Estados.


En mayo pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación había intimado a la ANSeS a informar en un máximo de 30 días, la cantidad de las sentencias firmes que ordenan el reajuste de los haberes y que se encuentran pendientes de cumplimiento, así como la cantidad de sentencias que han sido íntegramente cumplidas en cada uno de los últimos cinco ejercicios fiscales.


En el comunicado emitido por el organismo dirigido por Diego Bossio, se informó que “la ANSeS demuestra que, sin resignar las transformaciones que se pusieron en marcha para mejorar y transparentar el sistema, se sigue aumentando la producción”.