Jurisprudencia - CSJN - caso Zaric - Rechazo. Acordada 4/2007

Buenos Aires, 26 de abril de 2011

Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Zaric, María Amanda c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ (materia: previsional) prestaciones varias”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

1º) Que la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social ha denegado el recurso extraordinario por incumplimiento de lo dispuesto en el reglamento aprobado por acordada 4/07.

2º) Que atento a que la recurrente no ha demostrado el error de dicha decisión y a que no se advierten circunstancias estrictamente excepcionales que autoricen, con sustento en lo dispuesto por el art. 11 del citado reglamento, una solución diferente, cabe concluir que el remedio federal fue bien denegado por la alzada pues dicha presentación se excede en el número de renglones permitidos.

3º) Que, por lo demás, la apelante no ha cumplido con todos los requisitos exigidos por el art. 4º del citado reglamento.

Por ello, se desestima esta presentación directa. Notifíquese

y archívese. RICARDO LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY (según su voto).

VOTO DE LA SEÑORA MINISTRA DOCTORA DOÑA CARMEN M. ARGIBAY

Considerando:

Que la recurrente no ha cumplido con los requisitos exigidos por los arts. 1º y 4º del reglamento aprobado por acordada 4/07.

Por ello, se desestima esta presentación directa.

Notifíquese y archívese. CARMEN M. ARGIBAY.