JURISPRUDENCIA - TFN Sala "D" - Causa: "Ofis S.A. C/AFIP-DGI" - Procedimiento. Nulidad del acto administrativo tributario por falta de dictamen jurídico previo.-8/11/12

JURISPRUDENCIA - TFN Sala "D" -  Causa: "Ofis S.A. C/AFIP-DGI" - Procedimiento. Nulidad del acto administrativo tributario por falta de dictamen jurídico previo.-8/11/12


El contribuyente de la referencia recurrió el acto administrativo del ente recaudador que declaró la caducidad de un plan de facilidades de pago al que se había adherido mediante el régimen del Decreto Nº 1384/01 del PEN intimándosele, en caso de incumplimiento, a ingresar las sumas adeudadas bajo apercibimiento de dar inicio al cobro por vía judicial.
En este caso, el eje de la disputa estuvo dado en si el acto administrativo era una derivación razonable de la legislación aplicable y, en su defecto, si el mismo vulneraba (o no) el derecho de defensa del contribuyente.
El Tribunal actuante, en su pronunciamiento, hizo lo siguiente:
a) Examinó los antecedentes fácticos de la discusión;
b) Mencionó que originalmente el Tribunal Fiscal se declaró incompetente para dirimir esta cuestión pero esta decisión fue revocada por el Tribunal de Alzada que declaró la competencia del mentado Tribunal;
c) Precisó que el acto administrativo en cuestión contenía los antecedentes de hecho y de derecho respectivos pero el mismo carecía del dictamen jurídico previo exigido por el artículo 10 del Decreto Nº 618/97 del PEN;
d) Enfatizó que en el caso medió una inobservancia de formas esenciales que integran el orden público administrativo y, por ende, tal circunstancia habilitó la declaración de nulidad del acto administrativo objetado por infringir el derecho de defensa del recurrente.
Las causas referidas llevaron al Tribunal competente a considerar el acto administrativo recurrido como nulo, de nulidad absoluta e insanable, siendo el mismo adverso al órgano recaudador.