La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recordó hoy,
a través de un comunicado, que el 30 de junio vence el plazo para la
recategorización anual que los trabajadores autónomos deben realizar en función
a los ingresos brutos obtenidos durante el año fiscal anterior.
Precisa que los autónomos que el año pasado hayan tenido mayores o
menores ingresos a los correspondientes a su categoría deben entrar en esta
recategorización anual. Quienes no lo hagan seguirán en la categoría declarada
que tienen actualmente.
Fuente: Secretaría de Comunicación
Pública