Decreto
El Gobierno le dio a la AFIP la libertad de definir qué países son o no paraísos fiscales
Economía
Los categorizará como "cooperadores" o no
en el intercambio de información de empresas y particulares; el cambio influirá
en las normas antilavado
Por decreto, el Gobierno eliminó el listado que contenía los
países considerados paraísos fiscales y estableció que, a partir de ahora, será
la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la responsable de definir
qué países son "cooperadores a los fines de la transparencia fiscal" y cuáles
no. El cambio podría darle a la AFIP rienda suelta para penalizar fiscalmente a
aquellas personas físicas o empresas que operen con países que ahora no sean
considerados por el organismo "cooperadores" (pese a que no sean, en el mundo,
considerados de baja tributación), y, al mismo tiempo, en plena vigencia del
blanqueo de capitales, habilitarla para hacer la vista gorda en casos en los que
se opere con jurisdicciones que hasta ahora eran calificadas de "paraíso
fiscal", como Bahamas o Panamá.
"Hay varios temas, pero uno importante es que el decreto viene a contramano
de todo aquello que venía haciendo la Argentina bajo este mismo gobierno para
cumplir con el GAFI [Grupo de Acción Financiera Internacional] en materia de
lavado de dinero. Esto es patear el tablero", opinó Andrés Willa, socio del
Estudio Willa Abogados y Consultores Tributarios. "Además, la norma le da mayor
poder a la AFIP y es lo suficientemente vaga en su terminología como para dar
lugar a distintas interpretaciones", sentenció.
En rigor, explicó César Litvin, presidente del Instituto Tributario, la
Argentina incluyó hace algunos años una serie de paraísos fiscales o países de
baja o nula tributación en un listado, en línea con los criterios utilizados por
la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Así, por
caso, los contribuyentes argentinos que fueran accionistas u operaran con alguna
sociedad radicada en un paraíso fiscal de la lista eran penalizados fiscalmente.
Si hacían alguna operación financiera, ésta era más propensa a ser reportada
como sospechosa por un banco. "Vendrían a ser como países contaminados a los
efectos de la relación tributaria. Se tenían que tomar recaudos adicionales y
reforzar la prueba porque la operación podía ser impugnada", explicó.
Ahora, con el decreto 589, publicado ayer en el
Boletín Oficial, el listado que en su momento fue establecido por decreto
fue dado de baja y se fijó que la AFIP deberá definir cuáles son los países
"cooperadores" en materia de intercambio de información fiscal y cuáles no. La
AFIP incluiría a aquellos que suscribieron acuerdos de intercambio de
información fiscal con la Argentina y que adhirieron a la Convención sobre
Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE (como Estados
Unidos o Francia, entre otros). Sin embargo, aclara el decreto, el organismo
también podrá eliminar de la lista a aquellos con los que considere que no hay
un intercambio "efectivo" de información. Así, lo que era un concepto que se
regía en función de si se trataba o no de países de baja o nula tributación se
transforma ahora en un concepto dinámico, que queda bajo el juicio del organismo
que conduce Ricardo Echegaray.
A partir del decreto, ejemplifica Litvin, jurisdicciones que no son de baja
tributación y hasta ahora no eran consideradas paraísos fiscales podrían ser
catalogadas como "no cooperadores" -los casos de Suiza y Paraguay, por ejemplo-,
mientras que aquellos que sí lo eran pueden pasar a ser catalogados como
"cooperadores". "Este decreto le da un poder discrecional a la AFIP", opinó
Alexis Kook-Weskott, socio del estudio Bourel & Paris-Laplace.
"Sorpresivamente, dentro de ese listado nos podemos encontrar con nuevas
jurisdicciones que no son necesariamente consideradas paraísos fiscales. Si se
da esta situación, el intercambio comercial o financiero con esas jurisdicciones
va a ser más gravoso para las empresas argentinas que tengan relación con
empresas radicadas allí", aclaró.
Por caso, dice Guillermo Jaime Poch, director del Departamento de Impuestos
& Legales de BDO Argentina, la recategorización de un país tendrá impacto en
el impuesto a las ganancias. Mientras que los contribuyentes locales pagan
Ganancias en función de las utilidades que son distribuidas, los accionistas de
una sociedad radicada en un paraíso fiscal (ahora, un país no cooperador) deben
hacerlo en función de sus ingresos devengados (aun cuando las utilidades no
fueron distribuidas).
Para Roberto Durrieu (h.), socio del Estudio Durrieu, la norma tiene una
lectura coyuntural, en el marco de la ley de blanqueo, ya que ahora quienes
blanqueen dinero transfiriendo sus dólares desde paraísos fiscales pero
recategorizados como "cooperadores" podrían evitar que esas operaciones sean
reportadas como "sospechosas" por los bancos. "[El decreto] va a tener impacto
tributario, pero en un momento en que el tema del lavado está en agenda, lo que
busca también es suavizarlo", coincidió el abogado tributarista Tomás Wilson
Rae.
La AFIP no contestó las consultas de LA NACION sobre el tema.
Echegaray, con criterio propio
Tendrá en sus manos la calificación de los países
Borrón y cuenta nueva
El Gobierno eliminó por decreto el listado que enumeraba a los países considerados paraísos fiscales y que había sido confeccionado en línea con los criterios de la OCDE
El Gobierno eliminó por decreto el listado que enumeraba a los países considerados paraísos fiscales y que había sido confeccionado en línea con los criterios de la OCDE
La AFIP, más fuerte
El organismo que conduce Ricardo Echegaray decidirá cuáles sos los países a los que se deberá penalizar fiscalmente, aunque en el mundo no sean definidos como paraísos. Los dividirá entre "cooperadores" y "no cooperadores", en función de si existe o no un acuerdo de intercambio de información con la Argentina, y si se cumple efectivamente
El organismo que conduce Ricardo Echegaray decidirá cuáles sos los países a los que se deberá penalizar fiscalmente, aunque en el mundo no sean definidos como paraísos. Los dividirá entre "cooperadores" y "no cooperadores", en función de si existe o no un acuerdo de intercambio de información con la Argentina, y si se cumple efectivamente
El riesgo
Los tributaristas dicen que el criterio podría dar lugar a cierta arbitrariedad por parte de la AFIP.
Los tributaristas dicen que el criterio podría dar lugar a cierta arbitrariedad por parte de la AFIP.
Del editor: qué significa.
El Gobierno se expone otra vez a recibir sanciones de los organismos internacionales que combaten el lavado de dinero.
El Gobierno se expone otra vez a recibir sanciones de los organismos internacionales que combaten el lavado de dinero.