Seguridad social - Previsión social (Régimen leyes 18037 y 18038) - Regímenes particulares - Personal policial y de seguridad - Policía Federal Argentina - Haber de retiro - Suplementos - Disidencia
18/02/2013

Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social, sala I
En autos “Giménez, Juan Manuel v. Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina”, por mayoría, se resolvió que el pago de los adicionales establecidos por decretos 682/04, 1993/04, 1322/05 y 1994/06 para los agentes de la Policía Federal, está condicionado al mantenimiento de la situación de hecho que constituye su presupuesto, por lo que si a la fecha de cancelación de los haberes brutos de los actores se encontraren determinados en sumas superiores a las establecidas en los decretos citados, por aplicación de retroactividades reconocidas por otras sentencias judiciales, títulos o conceptos, el crédito disminuirá o no corresponderá abonarse, según el caso; como tampoco corresponderá, si resulta que no están comprendidos en el ámbito de aplicación de las normas analizadas.