Seguridad social - Previsión social
(Régimen leyes 18037 y 18038) - Regímenes particulares - Personal policial y de
seguridad - Policía Federal Argentina - Haber de retiro - Suplementos -
Disidencia
18/02/2013
Cámara
Federal de Apelaciones de la Seguridad Social, sala I
En autos “Giménez, Juan Manuel v. Caja de
Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina”, por mayoría,
se resolvió que el pago de los adicionales establecidos por decretos 682/04,
1993/04, 1322/05 y 1994/06 para los agentes de la Policía Federal, está
condicionado al mantenimiento de la situación de hecho que constituye su
presupuesto, por lo que si a la fecha de cancelación de los haberes brutos de
los actores se encontraren determinados en sumas superiores a las establecidas
en los decretos citados, por aplicación de retroactividades reconocidas por
otras sentencias judiciales, títulos o conceptos, el crédito disminuirá o no
corresponderá abonarse, según el caso; como tampoco corresponderá, si resulta
que no están comprendidos en el ámbito de aplicación de las normas
analizadas.