NOTA: AFIP profundiza controles sobre los juegos de azar
En el marco de una política proactiva para mejorar la recaudación
impositiva, la AFIP creó un "Registro y Régimen de Información respecto de la
explotación de juegos de azar y apuestas", con el fin de "profundizar el control
fiscal sobre las rentas o ingresos provenientes" de ese sector.
Así lo dispuso a través de una resolución general publicada hoy en
el Boletín Oficial. "Como ya se ha efectuado en otros rubros de la economía,
resulta propicio establecer un régimen que permita contar con la información de
las operaciones realizadas por tales explotaciones, a través de sistemas
informáticos definidos para ese fin", según el texto del ente recaudador.
La fiscalización de los juegos de azar abarcará a bingos, máquinas
electrónicas, casinos y apuestas de dinero que se realizan por internet,
celulares o telefonía fija, de acuerdo con lo dispuesto oficialmente.
Afuera de esta normativa quedaron las apuestas en hipódromos, los
sorteros de las loterías, las quinielas, rifas y similares, y los concursos
realizados a través de medios masivos de comunicación (gráfico, radial o
televisivo), indicó la AFIP.
A los efectos del flamante Régimen, se consideran "juegos de azar
y/o apuestas a todo contrato de juego que se realice a través de procedimientos
manuales, mecánicos, electromecánicos, electrónicos, informáticos y/o cualquier
otro medio, cuyo resultado dependa en forma exclusiva o preponderante del azar,
en la que se participe emitiendo apuestas en dinero o valores, con la finalidad
de obtener premios de cualquier especie y naturaleza, desarrollados en salas de
juegos", resaltó la AFIP.
El organismo advirtió que el incumplimiento de las obligaciones
"podrá ser sancionado, incluso, con la suspensión temporal del CUIT" de la
empresa.
En este marco, la resolución estableció que las casas de juego
deberán enviar diariamente a la AFIP los siguientes datos:
Para
máquinas electrónicas de juegos de azar y apuestas automatizadas y máquinas
tragamonedas o slots: los ingresos "coin in" y los egresos "coin out",
"jackpot", y el valor unitario equivalente en pesos, discriminado por cada una
de las máquinas instaladas.
Para
juegos de "mesas de paño" o "mesas vivas": la ganancia bruta obtenida de la
explotación de las mismas por cada una de las mesas y tipo de juego.
Para
juegos de Bingo: la cantidad y valor de cartones vendidos, detallando "desde y
hasta" del número y serie de los cartones vendidos y los premios pagados por la
explotación de este juego.
Para
juegos por "Internet": el total de apuestas y premios pagados, discriminado por
juego o tema.
Para
juegos por telefonía fija o móvil: el total de apuestas y premios pagados
discriminados por juego o tema.
La AFIP justificó esta decisión al señalar que "resulta necesario
profundizar el control fiscal sobre las rentas o ingresos provenientes de la
explotación de juegos de azar y/o apuestas". "Los regímenes de registración e
información vigentes constituyen una herramienta eficaz para la estructuración
de procedimientos y planes de fiscalización, destinados a optimizar sus acciones
respecto de cada una de las actividades que conforman la economía nacional",
añadió.
Fuente: Ámbito.com