Jurisprudencia-TFN sala C- Cargo Services-Ley 11683 art. 45-22-4-13

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El Fisco nacional aplicó sendas multas en el Impuesto al Valor Agregado a una sociedad contribuyente, como consecuencia de la impugnación de los créditos fiscales por operaciones realizadas con dos proveedores, y en el Impuesto a las Ganancias en concepto de Salidas no documentadas. El contribuyente dedujo recurso de apelación contra dichas resoluciones. El Tribunal Fiscal de la Nación, por mayoría, resolvió reencuadrar la multa en el Impuesto al Valor Agregado en la previsión del art. 45 de la ley 11.683, y dispuso revocar la multa en el Impuesto a las Ganancias-Salidas no documentadas.



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