DECRETO 2292/2013-Chaco-PENSIONES SOCIALES-21/10/2013
Visto:
La Ley N° 2420 -Régimen General de Pensiones y el Decreto N° 1349/2011; y
Considerando:
Que el Poder Ejecutivo ha establecido para el ejercicio 2013 una política de recomposición de los salarios, jubilaciones y pensiones no contributivas del Sector Público, tendiendo a la uniformidad entre los diversos sectores;
Que por Ley N° 2420 se instituyó el Régimen General de Pensiones para la Provincia del Chaco;
Que por Decreto N° 1349/2011 se incrementaron los importes de las Pensiones establecidas por la Ley N° 2420 en los Artículos 8°, 9° y 11;
Que dicho Régimen abarca a las personas sin los mínimos recursos económicos para sostener a sus familias, dado lo cual es menester incrementar el monto del beneficio que perciben como pensión no contributiva;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia del Chaco, decreta:
Art. 1° - Déjese sin efecto el Decreto N° 1349/2011.
Art. 2° - Fíjese, a partir del 01 de septiembre de 2013, en pesos mil doscientos ($1.200) el importe de las Pensiones a la Vejez, a la Invalidez y a Madres Desamparadas, establecidas en la Ley N° 2420 en los Artículos 8°, 9° y 11.
Art. 3° - La erogación emergente de la medida adoptada en el presente se imputará a la Jurisdicción 28 -Ministerio de Desarrollo Social- en la partida presupuestaria que corresponda de acuerdo con la naturaleza del gasto.
Art. 4° - Comuníquese, etc. - Capitanich - Bernachea.
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