Jurisprudencia- TFN sala B -Sahad, David s/ apelacion ganancias - IMPUESTO A LAS GANANCIAS - 22/08/2013

Jurisprudencia- TFN sala B -Sahad, David s/ apelacion ganancias - IMPUESTO A LAS GANANCIAS - 22/08/2013
Contrato de mutuo. Incremento patrimonial injustificado. Prueba insuficiente a efectos de acreditar el pasivo declarado. - IMPUESTOS. Defraudación fiscal. Existencia de maniobra ardidosa. Reducción de la multa al mínimo legal.

El ajuste en el Impuesto a las Ganancias practicado por el Fisco a un contribuyente al cual se le impugnó un contrato de mutuo celebrado con una empresa, dispensándole el tratamiento de incremento patrimonial no justificado, debe confirmarse, pues se advierte que el contribuyente no logró probar el pasivo declarado, en tanto la Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán informó que los sellos insertos en el contrato eran apócrifos, los comprobantes de pagos aportados carecen de fecha cierta, la prueba testimonial producida no resulta idónea para acreditar el préstamo y el contribuyente no produjo la prueba informativa dirigida al síndico de la empresa acreedora del mutuo para que informe sobre si el crédito se encontraba declarado.
La resolución del Fisco mediante la cual aplicó una multa por defraudación fiscal a un contribuyente al cual se le detectó un incremento patrimonial injustificado en el Impuesto a las Ganancias, por la celebración de un contrato de mutuo con una empresa, debe confirmarse, pues se aprecia una maniobra o ardid deliberado tendiente a detraer materia imponible, circunstancia que más allá de encontrarse acreditado vía presunción legal, surge manifiesta de la conducta asumida, desplegando una trama que sólo ha tenido por objeto inducir a engaño al organismo.
La multa impuesta por el Fisco, con sustento en los arts. 46 y 47 inc. a) de la ley 11.683, a un contribuyente al cual se le detectó un incremento patrimonial injustificado en el Impuesto a las Ganancias, debe ser reducida al mínimo legal, pues se advierte en el acto una falta de merituación concreta de los hechos que conducen al juez administrativo a graduarla en tres veces el impuesto omitido, máxime si se tiene en cuenta la inexistencia de antecedentes sumariales del encartado.
El Fisco practicó un ajuste en el Impuesto a las Ganancias e impuso una multa por defraudación a un contribuyente al cual se le detectó un incremento patrimonial injustificado, con motivo de la celebración de un contrato de mutuo con una empresa. Contra dicha decisión, el contribuyente dedujo recurso de apelación. El Tribunal Fiscal resolvió confirmar la resolución determinativa y reducir la multa al mínimo legal.




 

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