Jurisprudencia- TFN sala B -Sahad, David s/ apelacion ganancias - IMPUESTO A LAS GANANCIAS - 22/08/2013
Contrato de mutuo. Incremento patrimonial injustificado. Prueba insuficiente a efectos de acreditar el pasivo declarado. - IMPUESTOS. Defraudación fiscal. Existencia de maniobra ardidosa. Reducción de la multa al mínimo legal.
Contrato de mutuo. Incremento patrimonial injustificado. Prueba insuficiente a efectos de acreditar el pasivo declarado. - IMPUESTOS. Defraudación fiscal. Existencia de maniobra ardidosa. Reducción de la multa al mínimo legal.
El ajuste en el
Impuesto a las Ganancias practicado por el Fisco a un contribuyente al cual se
le impugnó un contrato de mutuo celebrado con una empresa, dispensándole el
tratamiento de incremento patrimonial no justificado, debe confirmarse, pues se
advierte que el contribuyente no logró probar el pasivo declarado, en tanto la
Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán informó que los sellos
insertos en el contrato eran apócrifos, los comprobantes de pagos aportados
carecen de fecha cierta, la prueba testimonial producida no resulta idónea para
acreditar el préstamo y el contribuyente no produjo la prueba informativa
dirigida al síndico de la empresa acreedora del mutuo para que informe sobre si
el crédito se encontraba declarado.
La resolución del Fisco
mediante la cual aplicó una multa por defraudación fiscal a un contribuyente al
cual se le detectó un incremento patrimonial injustificado en el Impuesto a las
Ganancias, por la celebración de un contrato de mutuo con una empresa, debe
confirmarse, pues se aprecia una maniobra o ardid deliberado tendiente a
detraer materia imponible, circunstancia que más allá de encontrarse acreditado
vía presunción legal, surge manifiesta de la conducta asumida, desplegando una
trama que sólo ha tenido por objeto inducir a engaño al organismo.
La multa impuesta por
el Fisco, con sustento en los arts. 46 y 47 inc. a) de la ley 11.683, a un
contribuyente al cual se le detectó un incremento patrimonial injustificado en
el Impuesto a las Ganancias, debe ser reducida al mínimo legal, pues se advierte
en el acto una falta de merituación concreta de los hechos que conducen al juez
administrativo a graduarla en tres veces el impuesto omitido, máxime si se
tiene en cuenta la inexistencia de antecedentes sumariales del encartado.
El Fisco practicó un
ajuste en el Impuesto a las Ganancias e impuso una multa por defraudación a un
contribuyente al cual se le detectó un incremento patrimonial injustificado,
con motivo de la celebración de un contrato de mutuo con una empresa. Contra
dicha decisión, el contribuyente dedujo recurso de apelación. El Tribunal
Fiscal resolvió confirmar la resolución determinativa y reducir la multa al
mínimo legal.
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