NOTA: Sigue la puja contra la ANSES por el pago de juicios a jubilados
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La determinación tuvo lugar en
medio de una escalada en la tensión con el organismo previsional ya que la
semana pasada la Corte habilitó a todas las cámaras federales del país para que
oficien como segunda instancia en los litigios de los jubilados contra el
Estado
La Corte Suprema de Justicia
desestimó ayer reclamos de la ANSES en una causa por ajustes jubilatorios, por
considerar que no cumplió con el reglamento para la presentación de recursos de
queja.
La determinación tuvo lugar en
medio de una escalada en la tensión con el organismo previsional ya que la
semana pasada la Corte habilitó a todas las cámaras federales del país para que
oficien como segunda instancia en los litigios de los jubilados contra el
Estado.
Ricardo Lorenzetti volvió a
manifestarse públicamente contra las demoras en el pago de los juicios a los
jubilados, mientras que Diego Bossio replicó que en los últimos años se han
pagada juicios "como nunca".
La determinación de ayer fue por
la causa "Menéndez, Roberto Argentino" y la presentación de la ANSES
estaba dirigida a dejar sin efecto medidas cautelares dictadas por la Sala II
de la Cámara Federal de la Seguridad Social.
Dicho tribunal ordenaba el pago
en forma provisoria de la movilidad de los haberes jubilatorios reconocida en
el fallo "Badaro, Adolfo Valentín", o sea con el 82% móvil.
Al mismo tiempo, esta semana la
Sala II de la Cámara de la Seguridad Social revocó la aplicación del fallo
Badaro en un caso de primera instancia del fuero. en un criterio cercano a los
argumentos de la ANSES los jueces admitieron que el ajuste de la Prestación
Básica Universal "y su consiguiente incidencia en la determinación del
haber inicial, queda determinada por el legislador y el organismo de aplica
ción".
El de ayer fue el primer acuerdo
de ministros tras el fallecimiento de Carmen Argibay que tuvo lugar el sábado
pasado. El clima del cónclave fue circunspecto y los ministros coincidieron en
la necesidad de lograr fallos por consenso ya que en el nuevo panorama de seis
cortesanos los empates son imposibles (el presidente no define y por reglamento
no se pueden convocar a conjueces ni a los presidentes de las cámaras federales
para resolver un escenario de paridad ).
Lorenzetti se reunió con el staff
de la vocalía de Argibay con el objetivo de transmitirles tranquilidad y
asegurarles que posiblemente pasen a desempeñarse en las secretarías de la
Corte.
La situación actual cambiaría
recién a fin de año para cuando Eugenio Zaffaroni ha planificado su renuncia al
máximo tribunal. En ese entonces la integración quedaría, si no se dieran
nuevas ausencias, nuevamente en número impar.
En el acuerdo de ayer la Corte
también revocó una sentencia de la Cámara Comercial y decidió que en ningún
caso la vivienda de un trabajador puede ser objeto de embargo para el pago de
honorarios o gastos judiciales.
Se pronunciaron en este sentido
todos los ministros con la excepción de Lorenzetti que se inclinó por no firmar
en esta causa.
Para llegar a esta conclusión, la
Corte se sustentó en el artículo 20 de la Ley de Contrato del Trabajo donde se
establece que la vivienda no puede ser afectada a este tipo de gastos
judiciales ni tampoco al pago de abogados
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