NOTA: Sigue la puja contra la ANSES por el pago de juicios a jubilados

NOTA: Sigue la puja contra la ANSES por el pago de juicios a jubilados
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La determinación tuvo lugar en medio de una escalada en la tensión con el organismo previsional ya que la semana pasada la Corte habilitó a todas las cámaras federales del país para que oficien como segunda instancia en los litigios de los jubilados contra el Estado
La Corte Suprema de Justicia desestimó ayer reclamos de la ANSES en una causa por ajustes jubilatorios, por considerar que no cumplió con el reglamento para la presentación de recursos de queja.
La determinación tuvo lugar en medio de una escalada en la tensión con el organismo previsional ya que la semana pasada la Corte habilitó a todas las cámaras federales del país para que oficien como segunda instancia en los litigios de los jubilados contra el Estado.
Ricardo Lorenzetti volvió a manifestarse públicamente contra las demoras en el pago de los juicios a los jubilados, mientras que Diego Bossio replicó que en los últimos años se han pagada juicios "como nunca".
La determinación de ayer fue por la causa "Menéndez, Roberto Argentino" y la presentación de la ANSES estaba dirigida a dejar sin efecto medidas cautelares dictadas por la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social.
Dicho tribunal ordenaba el pago en forma provisoria de la movilidad de los haberes jubilatorios reconocida en el fallo "Badaro, Adolfo Valentín", o sea con el 82% móvil.
Al mismo tiempo, esta semana la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social revocó la aplicación del fallo Badaro en un caso de primera instancia del fuero. en un criterio cercano a los argumentos de la ANSES los jueces admitieron que el ajuste de la Prestación Básica Universal "y su consiguiente incidencia en la determinación del haber inicial, queda determinada por el legislador y el organismo de aplica ción".
El de ayer fue el primer acuerdo de ministros tras el fallecimiento de Carmen Argibay que tuvo lugar el sábado pasado. El clima del cónclave fue circunspecto y los ministros coincidieron en la necesidad de lograr fallos por consenso ya que en el nuevo panorama de seis cortesanos los empates son imposibles (el presidente no define y por reglamento no se pueden convocar a conjueces ni a los presidentes de las cámaras federales para resolver un escenario de paridad ).
Lorenzetti se reunió con el staff de la vocalía de Argibay con el objetivo de transmitirles tranquilidad y asegurarles que posiblemente pasen a desempeñarse en las secretarías de la Corte.
La situación actual cambiaría recién a fin de año para cuando Eugenio Zaffaroni ha planificado su renuncia al máximo tribunal. En ese entonces la integración quedaría, si no se dieran nuevas ausencias, nuevamente en número impar.
En el acuerdo de ayer la Corte también revocó una sentencia de la Cámara Comercial y decidió que en ningún caso la vivienda de un trabajador puede ser objeto de embargo para el pago de honorarios o gastos judiciales.
Se pronunciaron en este sentido todos los ministros con la excepción de Lorenzetti que se inclinó por no firmar en esta causa.
Para llegar a esta conclusión, la Corte se sustentó en el artículo 20 de la Ley de Contrato del Trabajo donde se establece que la vivienda no puede ser afectada a este tipo de gastos judiciales ni tampoco al pago de abogados
 
 
 
 
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