#SeguridadSocial #Inspección previsional, relación de dependencia, profesor de tenis #Jurisprudencia #Fallo Club Medanos Verdes c/ Administración Federal de Ingresos Públicos -DGI s/ Impugnación de deuda

Sentencia Sala 03 Camara Federal De La Seguridad Social. Capital Federal, (Magistrados: Juan C. Poclava Lafuente - Nestor A. Fasciolo - Martin Laclau)  6/7/17

El carácter de dependiente puede darse por acreditado, si éste declaró trabajar para el actor, en calidad de profesor de tenis, cumpliendo un horario de 8 horas diarias, de lunes a viernes. Aunque el trabajador se halle inscripto como monotributista, ello ocurrió a instancias del mismo club, que era el que pagaba mensualmente el impuesto. Tales circunstancias llevan el ánimo del juzgador a la convicción de que nos hallamos frente a una relación de dependencia. (Disidencia del Dr. Laclau)
Las actas de inspección no pueden ser consideradas como actos administrativos que deban reunir todos los requisitos exigibles a éstos, sino como simples constataciones de una infracción contra las que el presunto infractor podrá defenderse en la tramitación del proceso administrativo que se inicia a raíz de esa constatación. Por otra parte, las multas que se imponen responden al hecho objetivo del incumplimiento, no requiriéndose para su aplicación, la existencia de un elemento subjetivo. (Disidencia del Dr. Laclau).








Publicado en Id Saij: Fa17310017



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