#SeguridadSocial #CajaProvincial #Tucuman Estado Provincial, aportes y contribuciones previsionales, empleados públicos, propinas #Jurisprudencia #Fallo CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN c/ A.F.I.P. - D.G.I. s/ IMPUGNACIÓN DE DEUDA
SENTENCIA de la Sala 03 CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Magistrados: JUAN C. POCLAVA LAFUENTE, MARTIN LACLAU) 13/12/2013
La "facultad de fiscalización" otorgada por el Dec. 4555/77 (artículo 8) a la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán, no implica en forma alguna la obli-gación de asumir la carga de efectuar los aportes y contribución dispuesta por el art. 6 de la ley 24.241, por aquellas sumas que los empleados del "Casino de Tucumán" reciben de terceros ajenos a la relación jurídica de empleado público y sobre las que no tiene atribuciones respecto de la recaudación, administración y distribución; menos aún, al tratarse de fondos provenientes del Estado Provincial. Ello así, máxime que in re "Grafa S. A. c/ A.F.I.P.-D.G.I.", se dijo: "en el marco del derecho previsional, no basta asignarles carácter remunerativo a las gratificaciones para que sean susceptibles de determinar la obligación de aportar"
Id SAIJ: FA13310037
SENTENCIA de la Sala 03 CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Magistrados: JUAN C. POCLAVA LAFUENTE, MARTIN LACLAU) 13/12/2013
La "facultad de fiscalización" otorgada por el Dec. 4555/77 (artículo 8) a la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán, no implica en forma alguna la obli-gación de asumir la carga de efectuar los aportes y contribución dispuesta por el art. 6 de la ley 24.241, por aquellas sumas que los empleados del "Casino de Tucumán" reciben de terceros ajenos a la relación jurídica de empleado público y sobre las que no tiene atribuciones respecto de la recaudación, administración y distribución; menos aún, al tratarse de fondos provenientes del Estado Provincial. Ello así, máxime que in re "Grafa S. A. c/ A.F.I.P.-D.G.I.", se dijo: "en el marco del derecho previsional, no basta asignarles carácter remunerativo a las gratificaciones para que sean susceptibles de determinar la obligación de aportar"
Jurisprudencia 2013-Caja Popular de Ahorros de La Provincia de Tucuman c a.f.i.p. - d.g.i. s Impugnación de... by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
Id SAIJ: FA13310037
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