#SeguridadSocial #Aportes a #obrassociales, fecha de ingreso #Jurisprudencia #Fallo Turismo Miramar S.R.L. c/ Blanco, Marcelo Fabián s/ consignación (L.54-F.106)

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SENTENCIA: JUZGADO LABORAL NRO 1. CORRIENTES, CORRIENTES, Magistrados: Hugo Boleso, 15/9/15

Estando acreditado que la empleadora no registró correctamente la fecha de ingreso del trabajador, y como consecuencia de ello no hizo los aportes y contribuciones al Organismo de Seguridad Social -ANSES- respecto a lo que legalmente estaba obligada a hacerlo, debe reconocerse la conducta ilegal de la principal, y condenarla a ingresar dichos recursos al Sistema de Seguridad Social y a la AFIP.

Habiéndose acreditado que el empleador entregó a su dependiente las constancias previstas en el art. 80 LCT de manera incorrecta, se produce el supuesto previsto en la norma, para las consecuencias jurídicas previstas en ésta; por tanto la indemnización pretendida fundada en dicho articulado deberá ser acogida.









Id SAIJ: FA15210023



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