#SeguridadSocial #cajaprovincial Régimen jubilatorio provincial, haber jubilatorio, aplicación de la ley previsional, igualdad ante la ley #Jurisprudencia #Fallo Becerro, Demetrio c/ Instituto de Seguridad Social, Seguros y Prestamos de la Provincia del Chaco s/ acción de amparo

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SENTENCIA: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, Magistrados: LORENZETTI, FAYT, PETRACCHI, MAQUEDA, ZAFFARONI 6/11/12

Cabe dejar sin efecto la sentencia que rechazó la acción de amparo interpuesta por el actor a fin de que la demandada cese en la aplicación de la ley 4837 de la provincia de Chaco -que estableció un nuevo cálculo de los haberes jubilatorios-, pues la decisión careció de una adecuada profundidad en el examen de la situación previsional de aquél al momento de obtener el beneficio, omisión inadmisible desde que era preciso demostrar que el accionante había obtenido un beneficio desproporcionado respecto a los aportes y la actividad desempeñada para adquirirlo, dado que un sistema sea especial no significa per se que sea de privilegio, ya que muchos de ellos responden a las características de la tarea desarrollada laboralmente, lo que justifica un tratamiento diferente ante situaciones aparentemente iguales. -Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.





publicado en Id SAIJ: FA12000211



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