#SeguridadSocial #derecho de los beneficios de la seguridad social, concubinato, conviviente #Jurisprudencia #Fallo Gasan, Eduviges Ramona c/ ANSeS s/ pensiones.

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SENTENCIA: Nro. Interno: 1834XXXV, 2 20060321, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, Magistrados: Voto: Mayoría: Petracchi, Highton de Nolasco, Maqueda, Lorenzetti, Argibay. Abstención: Fayt, Zaffaroni. 21/2/06

La circunstancia de que durante el tiempo en que convivieron el causante hubiera legado a la actora sus bienes muebles y personales, así como su seguro de vida, no determina la adquisición de derecho alguno correspondiente a los beneficios de la seguridad social.

Corresponde revocar la sentencia que reconoció el derecho de la actora al beneficio de pensión derivado de la muerte de su conviviente, si la peticionante no logró demostrar que convivió en aparente matrimonio con el difunto durante los cinco años que exige la ley.
publicado en Id SAIJ: FA06000047




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