#SeguridadSocial #Ejecución de sentencia, liquidación, haber jubilatorio, aportes previsionales, carga de la prueba #Jurisprudencia #Fallo HEUSSER, OSVALDO FRANCISCO c/ A.N.Se.S. s/ Ejecuciónprevisional".

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SENTENCIA:  Nro. Interno: 95239, Boletín de Jurisprudencia nº 45. 1 20071219, CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Sala 03, Magistrados: Fasciolo-Poclava Lafuente-Laclau. 16/3/2007

Es un despropósito pretender que el actor acompañe certificaciones de los haberes en actividad de cada uno de los meses que integran el período liquidado, habida cuenta que siendo el organismo quien alega la pretensión de un haber mensual que superaría el último haber de actividad, el es quien debe acreditarlo; máxime teniendo en cuenta que en la etapa de conocimiento previo al dictado de la sentencia cuya ejecución se persigue, no produjo prueba alguna tendiente a contradecir las remuneraciones verificadas por el ex empleador, que lucen agregadas al expediente administrativo.




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