#SeguridadSocial #Procedimiento judicial de la seguridad social, ejecución de sentencia, recurso de apelación (procesal), efecto diferido del recurso, apelación en relación #Jurisprudencia #Fallo PEPI, CARMELO c/ A.N.Se.S. s/ PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL
SENTENCIA: Nro. Interno: 67585, Boletín de Jurisprudencia Nro. 21, CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL, Sala 03, Magistrados: FASCIOLO - WASSNER - LACLAU 19/3/1998
De conformidad con lo dispuesto por el art. 509 del C.P.C.C., todas las apelaciones que fueran admisibles en las diligencias para la ejecución de la sentencia, se concederán en efecto diferido, por lo que no procede entonces su concesión en relación.
publicado en Id SAIJ: FA98310112
SENTENCIA: Nro. Interno: 67585, Boletín de Jurisprudencia Nro. 21, CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL, Sala 03, Magistrados: FASCIOLO - WASSNER - LACLAU 19/3/1998
De conformidad con lo dispuesto por el art. 509 del C.P.C.C., todas las apelaciones que fueran admisibles en las diligencias para la ejecución de la sentencia, se concederán en efecto diferido, por lo que no procede entonces su concesión en relación.
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