#SeguridadSocial #Procedimiento. Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE). nuevo plazo al 1/9/2020. #Normativa #Resolución General AFIP N° 4677/2020

#SeguridadSocial #Procedimiento. Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE). nuevo plazo al 1/9/2020. #Normativa #Resolución General AFIP N° 4677/2020


Mediante la Resolución General N° 4.523 y sus modificatorias, se extendió el uso del aludido sistema a las retenciones y/o percepciones del impuesto al valor agregado, previendo su utilización opcional para las retenciones de dicho impuesto practicadas a partir del 1 de diciembre de 2019 por los regímenes dispuestos por las Resoluciones Generales N° 4.167 (DGI), N° 1.105, N° 1.575, N° 1.603, N° 2.616, N° 2.854, N° 3.164 y N° 4.622, sus respectivas modificatorias y complementarias, y su aplicación obligatoria desde el 1 de marzo de 2020 para todas las retenciones y/o percepciones de dicho gravamen que se practiquen de conformidad con los regímenes vigentes -excepto percepciones efectuadas en el marco de la Resolución General N° 4.240-, así como para los regímenes especiales de ingreso previstos por las Resoluciones Generales N° 549, sus modificatorias y su complementaria y N° 4.356.

Ahora por razones de buena administración tributaria aconsejan extender al 1 de septiembre de 2020, la aplicación obligatoria mencionada en el párrafo precedente.










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