#SeguridadSocial #Pensiones, caducidad de instancia #Jurisprudencia #Fallo Sosa Alcira Fabiola c/ A.N.Se.S. s/ Reajustes varios
SENTENCIA: CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Sala 01, Magistrados: LILIA MAFFEI DE BORGHI - VICTORIA P. PEREZ TOGNOLA 6/7/2017
En el campo de la Seguridad Social, los requisitos formales no deben ser exigidos con rigor extremado pues no es posible escindirlos del objeto que persigue el derecho material específico, cual es el de cubrir riesgos de subsistencia y ancianidad, cuyo principio informante es el de la protección de los sujetos comprendidos en su ámbito personal de aplicación y en definitiva, hacer real y cierto el derecho a la seguridad social reconocido por la C.N.
Por lo tanto, si el actor es beneficiario de una pensión mínima y, cuenta con edad avanzada, iniciar el trámite nuevamente en virtud de lo expuesto en el art. 310 del CPCCN, pondría en riesgo de satisfacer dicha pretensión.
Id SAIJ: FA17310076
SENTENCIA: CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Sala 01, Magistrados: LILIA MAFFEI DE BORGHI - VICTORIA P. PEREZ TOGNOLA 6/7/2017
En el campo de la Seguridad Social, los requisitos formales no deben ser exigidos con rigor extremado pues no es posible escindirlos del objeto que persigue el derecho material específico, cual es el de cubrir riesgos de subsistencia y ancianidad, cuyo principio informante es el de la protección de los sujetos comprendidos en su ámbito personal de aplicación y en definitiva, hacer real y cierto el derecho a la seguridad social reconocido por la C.N.
Por lo tanto, si el actor es beneficiario de una pensión mínima y, cuenta con edad avanzada, iniciar el trámite nuevamente en virtud de lo expuesto en el art. 310 del CPCCN, pondría en riesgo de satisfacer dicha pretensión.
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Id SAIJ: FA17310076
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