#SeguridadSocial #Contribucionespatronales #Normativa #Resolución General 4898/2020 AFIP #Contribuciones patronales con destino al SIPA. Decreto N° 332/20 y sus modificatorios. Reducción y postergación de pago período devengado diciembre de 2020.- B.O. 04/01/2021
Se establece que los empleadores que resulten alcanzados por el beneficio de reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) correspondientes al período devengado diciembre de 2020, conforme lo establecido en la Decisión Administrativa 2181/2020 (J.G.M.), que cumplan con los parámetros de facturación allí indicados y que tengan como actividad principal declarada según el “Clasificador de Actividades Económicas” (Formulario Nº 883) aprobado por la Resolución General 3537/2013 (A.F.I.P.), alguna de las actividades afectadas en forma crítica comprendidas en el listado publicado en el sitio web institucional, serán caracterizados en el “Sistema Registral” con el código “461 - Beneficio Dto. 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S.”.
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