#SeguridadSocial #Riesgos del trabajo #Normativa #RESOLUCIÓN 20/2021 (S.R.T.) Acuerdos por Incapacidad Laboral Permanente Parcial Definitiva y Prestaciones Dinerarias – Norma complementaria de la ley 27.348 – Modificación de la res. 298/2017 (S.R.T.) – Derogación de las res. 19/2018 y 33/2018 (S.R.T.). - B.O. 15/04/2021
Se establece, entre los aspectos más relevantes, que, cesada la situación de Incapacidad Laboral Temporaria, y ante la existencia de secuelas incapacitantes resultantes de una contingencia, en todos los casos las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y los Empleadores Autoasegurados deberán proceder a citar al/la trabajador/a damnificado/a, requiriendo la constitución del patrocinio letrado correspondiente, con el fin de valorar el grado correspondiente de incapacidad y formular una propuesta de acuerdo sobre la Incapacidad Laboral Permanente Parcial y las respectivas prestaciones dinerarias previstas en la Ley sobre Riesgos del Trabajo, ello en los términos de los arts. 1 y 3 de la Ley 27.348 y del Título I, Capítulo II, Punto II de la Resolución 298/2017 (S.R.T.).
Reso 20-2021 Srt Ilp by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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