#ProcedimientoTributario #CABA #Normativa #RESOLUCIÓN 267/2021 (A.G.I.P.) DOMICILIO FISCAL ELECTRÓNICO - B.O. 30/11/2021
Se implementa el domicilio fiscal electrónico establecido en el art. 22 del Código Fiscal, el que es de carácter obligatorio para los contribuyentes y/o responsables de cualquier categoría dentro del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, para los Agentes de Recaudación y para aquellos que adhieran a los planes de facilidades de pago. El mismo rige a partir del día 1 de diciembre de 2021.
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