#Impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales #Normativa #RESOLUCIÓN GENERAL 5177/2022 (A.F.I.P.) Régimen de facilidades de pago - B.O. 31/03/2022

Se extiende hasta el día 31 de mayo de 2022, inclusive, el plazo fijado en el art. 1 de la Resolución General 4959/2021 (A.F.I.P.), para que los sujetos comprendidos en el régimen de facilidades de pago establecido por la Resolución General 4057-E/2017 (A.F.I.P.), regularicen sus obligaciones del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales, en hasta tres cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiamiento prevista en dicha norma, sin considerar la categoría del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” en la que dichos sujetos se encuentren incluidos, siempre que se trate de las Categorías A, B, C o D.
Norma complementaria de la res. gral. 4057-E/2017 (A.F.I.P.) – Extensión del plazo fijado en el art. 1 de la res. gral. 4959/2021 (A.F.I.P.). 











¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇