La garantía del juez natural es entendida como el derecho de toda persona a ser oída por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, reconocidos en la Ley Fundamental y en diversos tratados internacionales incorporados a ella (artículos 18 y 75, inc. 22, de la Constitución Nacional, 26 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos -Pacto de San José de Costa Rica-; 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos)
La excusación tiene por finalidad asegurar una recta administración de justicia y una conducta imparcial e independiente a los magistrados, obligados a actuar objetivamente y con neutralidad, haciendo insospechables sus decisiones
El instituto de la excusación —al igual que la recusación con causa — es un mecanismo de interpretación restrictiva, con supuestos taxativamente establecidos —arts. 30 y 17 del Código Procesal— para casos extraordinarios, ya que su aplicación provoca el desplazamiento de la legal y normal competencia de los jueces y la consecuente alteración del principio constitucional del juez natural.
Si bien la modificación al régimen jubilatorio de magistrados y funcionarios ha colocado a los jueces en la disyuntiva de inhibirse por razones graves de decoro y delicadeza, o de asumir la competencia para evitar eventuales afectaciones del servicio de justicia, principios rectores como la garantía del juez natural y el deber de impartir justicia que la Constitución Nacional pone en cabeza de los magistrados, deben primar evitando conductas que dilaten la asignación de la causa al juez natural.
Las garantías del juez natural, del debido proceso y de la defensa en juicio y la tutela judicial efectiva exigen que haya jueces que, como “órganos-individuo”, hagan viable la actuación del “órgano-institución” en las causas en que legalmente se les requiera y corresponda.
Jurisprudencia 2022- Incidente N°1 Actor Sternberg Régimen de Magistrados y funcionarios by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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