Es conforme el Dto. 4257/68, según el cual se considerarán como insalubres las tareas declaradas como tales por autoridad competente. En ese orden, su art. 10 impone al empleador hacer constar esa circunstancia en las certificaciones de servicios que las incluyan total o parcialmente, con mención expresa de la norma del decreto en que se encuentran comprendidas y, en su caso, de la disposición de autoridad nacional competente que “declaró la insalubridad de las tareas, lugar o ambiente”.
Jurisprudencia 2022 - MAZZONI RICARDO ALBERTO c a.N.se.S. s Dependientes; Otras Prestaciones by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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