Se transfiere a las provincias que no han transferido sus regímenes previsionales al Estado Nacional el equivalente mensual a una doceava parte del último monto del déficit convenido, en concepto de anticipo para el ejercicio 2023 y a cuenta del resultado definitivo del Sistema Previsional Provincial, hasta tanto se dicten las normas aclaratorias de los arts. 92 y 93 de la Ley 27.701.
Rg 57-2023 Anses - Provincias Sin Traspaso de Sus Regímenes Previsionales Al Estado Nacional by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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