La ley 25.191, norma creadora del Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE), incluyó en su artículo 16 el “Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo”, dejando la instrumentación en el ámbito del organismo con el alcance del art 23 del Decreto 453/01, dirigida al universo total de los trabajadores rurales de la República Argentina, sin escindir entre registrados o no; tesitura en la cual, en alusión a la prestación por desempleo de las relaciones de trabajo registradas que señala el mismo artículo de la LTR, cabe tener presente el carácter contributivo o no que puedan presentar los beneficios que se otorgan en esta dependencia.
Mediante el art. 3° de la Resolución RENATRE N° 68/17 el Directorio resolvió que el Registro “…podrá, como organismo con competencia en materia de Seguridad Social, instrumentar medidas y acciones excepcionales o extraordinarias que garanticen la plena operatividad de la Ley 25.191 ante severas contingencias de carácter social, económico, jurídico, climático, entre otras, que afecten la empleabilidad de los trabajadores rurales y sus familias…”. En esa dirección, la institución avanzó en la coordinación y articulación con distintos organismos internacionales y estatales en todos los estamentos, impulsando acciones conjuntas en la materia reglada.
En ese marco, el 05.06.20 se aprobó la Resolución RENATRE N° 100/20 que otorgó prestaciones extraordinarias a trabajadores/as rurales relevados y encontrados con tópicos indiciarios de presunta explotación laboral, decisión a la cual, con el objeto de añadirle una operatividad mayor, ha de imprimírsele parámetros de tiempo máximo a la solicitud, fijar el monto del beneficio y de la excelsa celeridad al procedimiento de otorgamiento, por la finalidad asistencial que reviste.
Resolución 508423 - RENATRE Prestación Extraordinaria Para Trabajadoresas Rurales Relevados en Presunta Sit... by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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