Se comunica a todas las dependencias de ANSES que conforme lo dispuesto por la Dirección Ejecutiva, mediante la Resolución RESOL-2023-193-ANSES-ANSES, a partir del día 18/09/2023 se habilita la solicitud de créditos para trabajadores y trabajadoras aportantes al SIPA.(*)
De acuerdo con lo establecido en el inciso i) del artículo 3º del Decreto N.º 463/23 las modalidades y condiciones laborales admitidas para el otorgamiento de la línea de créditos serán las siguientes:
a) Cuando la prestación de servicios de la persona solicitante del crédito se cumpla durante todo el año calendario, en virtud de la tarea que desempeña la persona trabajadora en relación a las actividades que desarrolla su empleador o empleadora; no resultando incluidos los trabajadores y las trabajadoras con actividades discontinuas, eventuales, de temporada, del régimen de casas particulares y todos aquellas de similares características.
b) Cuando la modalidad de contratación sea a tiempo completo o parcial, con plazo determinado de un mínimo de 12 meses de duración o indeterminado.
c) Cuando la situación de revista registrada ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sea "Activo/a", o usufructuando una licencia con percepción de ingresos derivados de la relación laboral, siempre que no exista un registro de baja informada a la AFIP por el empleador.
Circular Dpayt-017-2023 Créditos Anses. Créditos Para Trabajadores en Relación de Dependencia by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇


No hay comentarios:
Publicar un comentario