Se informa a las Oficinas y demás dependencias de la red de atención que a partir del 1º de septiembre de 2023, se fija en PESOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO CON DIEZ CENTAVOS ($ 32.771,10) el tope mínimo de la cuota básica de la Prestación por Desempleo y en PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 54.628,50) el tope máximo de dicha cuota.
El incremento mencionado fue establecido según el artículo 2º de la RESOL-2023-10-APN-CNEPYSMVYM#MT de fecha 14/07/23 y publicado en el Boletín Oficial de fecha 17/07/23.
Dafyd-040-2023 Prestación Por Desempleo Modificación Montos Mínimo y Máximo by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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