La Resolución General N° 4.815, sus modificatorias y sus complementarias, se estableció un régimen de percepción del impuesto a las ganancias o del impuesto sobre los bienes personales, según corresponda, que se aplica sobre algunas de las operaciones alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”de conformidad con el artículo 35 de la Ley N° 27.541 y sus modificaciones y del artículo 13 bis del Decreto N° 99 del 27 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇