Se prorroga, hasta el día 31 de diciembre de 2024 inclusive, el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales relacionadas con las deudas mencionadas en el primer párrafo del art. 116 bis de la Ley 11.672, complementaria permanente de presupuesto (T.O. 2014), incorporado por el art. 79 de la Ley 27.341, que aprueba el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇


No hay comentarios:
Publicar un comentario